Razón
0417
La interceptación erronea al senador Uribe abrió el debate sobre prueba ilegal
La Corte Suprema interceptó por error el número del entonces senador Uribe y ese audio entró al expediente.
El hecho
Durante la fase de instrucción, la Sala de Instrucción de la Corte Suprema autorizó interceptaciones telefónicas en el marco del proceso. Un número correspondió, por error, al entonces senador Álvaro Uribe Vélez. La Corte sostuvo que el contenido podía ser usado por hallazgo casual; la defensa argumentó nulidad por violación del fuero.
Análisis
El episodio de la interceptación al senador en ejercicio es uno de los puntos más discutidos del expediente desde el punto de vista del debido proceso. La doctrina del hallazgo casual existe en el derecho penal colombiano, pero su aplicación a un congresista interceptado por confusión técnica es discutible. La defensa de Uribe lleva años pidiendo la nulidad de esa prueba; jueces de garantías la han avalado en parte. Cepeda ha defendido la legalidad del procedimiento en plenaria y en entrevistas.
La discusión técnica sobre el hallazgo casual no es un tecnicismo menor en un Estado constitucional. El fuero parlamentario existe precisamente para evitar la persecución penal de opositores por la vía de la interceptación oportuna. Aceptar que un error de número convierte a un senador en sujeto interceptable abre una puerta que la jurisprudencia comparada en democracias serias suele cerrar con candado. La firmeza con que Cepeda defendió la legalidad del procedimiento muestra hasta qué punto la solidez del caso depende de mantener vigentes pruebas que, en abstracto, deberían discutirse mucho más.
Fuentes
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