Razón
0575
Cepeda votó por mantener elegibilidad política de exFarc sentenciados
Apoyó normas que permiten a excombatientes con sanción JEP ejercer derechos políticos plenos.
El hecho
El Acto Legislativo 01 de 2017 estableció que las sanciones propias de la JEP no inhabilitarían el ejercicio de la actividad política. Cepeda votó a favor de ese diseño. La Corte Constitucional avaló la fórmula con condicionamientos.
Análisis
Que excombatientes con sentencia puedan ser elegidos es uno de los puntos más contraintuitivos del acuerdo para el ciudadano promedio. Cepeda lo defendió. Su argumento es que el desarme requería garantías políticas. El argumento opuesto es que la justicia transicional sin inhabilidad pierde su efecto disuasivo. El debate sigue abierto y la firma de Cepeda está claramente en uno de los dos lados.
El precedente sirve para evaluar la coherencia de Cepeda en otros frentes de elegibilidad política. La inhabilidad por sentencia penal sigue rigiendo para los demás colombianos sin excepción transicional: un alcalde con sentencia común no puede aspirar al Congreso. Aceptar la excepción para excombatientes mientras se exige la regla a todos los demás es una diferencia de trato que el votante puede valorar como inevitable para cerrar el conflicto o como erosión de un principio de igualdad ciudadana. Esa lectura define gran parte de la frontera política entre el sector de Cepeda y la oposición.
Fuentes
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