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Razón

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Persecución judicial a Álvaro Uribe

Uribe está acusado, no condenado, al momento de la elección de 2026

El estado procesal del expediente al momento de las urnas es acusación formal, no sentencia.

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El hecho

Según El Espectador, a la fecha de la elección presidencial de 2026, Álvaro Uribe Vélez se encuentra procesado bajo escrito de acusación por soborno en actuación penal y fraude procesal. No existe sentencia condenatoria en firme contra el expresidente. La presunción de inocencia continúa vigente conforme al artículo 29 de la Constitución colombiana.

Análisis


La distinción entre acusado y condenado es jurídica y políticamente decisiva. Cepeda ha llevado a Uribe hasta el primero, no hasta el segundo. La diferencia no es retórica: en derecho colombiano la presunción de inocencia se mantiene mientras no haya sentencia en firme. Cualquier campaña que presente al expresidente como condenado falsea el estado procesal. La sobriedad del lenguaje, en este caso, es una obligación elemental con la verdad.

La presunción de inocencia es uno de los pilares constitucionales que el artículo 29 protege con claridad expresa. Operar políticamente como si esa presunción hubiera sido vencida sin que un juez la haya derrotado es debilitar uno de los fundamentos del Estado de derecho. Un aspirante a la presidencia ha jurado defender la Constitución entera, no solo sus partes convenientes. Que el votante mida la consistencia entre el discurso y la garantía que protege a todos los procesados, incluido el actual procesado, es un test elemental de adhesión al orden constitucional.

Fuentes


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